lunes, 16 de octubre de 2017

Registro de Voluntades Vitales Anticipadas

Vermeer: "Dama escribiendo una carta"(detalle)

La Declaración de Voluntad Vital Anticipada es la manifestación escrita realizada por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones en materia sanitaria que deben respetarse en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. Esta declaración se inscribe en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.

Es por tanto, un documento en el que una persona refleja sus preferencias sobre cuidados y tratamientos sanitarios y el destino de sus órganos, en el caso de que llegado el momento de tomar la decisión, carezca de capacidad para elegir por sí misma. También permite escoger a una persona como representante, para que decida por nosotros cuando estemos en esa situación. Además podemos elegir una segunda persona representante, para que intervenga si la primera persona representante no pudiera hacerlo por algún motivo.

¿Quién puede hacer la Voluntad Vital Anticipada?
El derecho a realizar la declaración de voluntad vital anticipada puede ejercerlo toda persona:
* Mayor de edad.
* Menor emancipada.
* Incapacitada judicial, si no lo determina expresamente la resolución judicial de incapacidad.
La persona debe estar en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias y tiene que inscribir la declaración personalmente.

¿Qué se necesita para hacer la inscripción?
Se necesita un documento que acredite su identidad, preferentemente documento nacional de identidad (DNI/NIE) o pasaporte, y cumplimentar los documentos necesarios, que puede consultar, en la página: https://rv2.csalud.junta-andalucia.es/salud/rv2/inicioCiudadania.action 
en el menú Documentos Disponibles.
* Solicitud de inscripción
* Voluntad Vital Anticipada
* Aceptación del representante
* Aceptación del sustituto del representante
Si la persona declarante es menor de edad emancipada, además necesita presentar la documentación que acredite la condición de persona emancipada.
Si se encuentra incapacitada judicialmente, además deberá aportar la resolución judicial de incapacidad.

¿Cómo se hace la declaración?
En primer lugar debe Informarse, hable con un profesional sanitario de su confianza y con su representante o persona sustituta si decide nombrarlos. El personal sanitario de Andalucía tiene obligación de facilitarle información sobre Voluntades Vitales Anticipadas.
Dispone también de una Guía para ayudarle en el proceso, que puede encontrar en esta página, en Documentos Disponibles.
Debe cumplimentar unos documentos:
* Solicitud.
* Voluntad Vital Anticipada.
Si decide nombrar representante y si quiere también un sustituto existen unos documentos precisos

Segundo paso: Solicitar una cita en:
* Salud Responde 902 505 060
* O en este Portal de Salud, en la sección Solicitar Cita.

Tercer paso: Asistir a la cita en el lugar y hora seleccionados, debiendo llevar la siguiente documentación.
* Documento de identificación, preferentemente DNI/NIE o pasaporte.
* Documentos cumplimentados

Si cumple con todos los requisitos y lleva toda la documentación quedará inscrita su Voluntad Vital en el Registro y de forma automática se inscribirá en el Registro Nacional de Instrucciones Previas y se colocará un icono de identificación en su Historia de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

¿Puedo hacer todo el proceso a través de Internet?
No puede hacer todo el proceso por Internet, en todos los casos necesita una cita presencial para poder finalizar el procedimiento.

¿Qué puedo hacer si me identifico con certificado digital?
Si se identifica con certificado digital puede:
* Solicitar y obtener cita, anularla, cambiar la hora, el día y el punto de registro.
* Una vez que haya inscrito su Voluntad Vital, puede verla e imprimirla, tantas veces como necesite.
* Comprobar los accesos de los profesionales sanitarios a su voluntad vital Anticipada.
* Si es representante de una persona que tiene inscrita su voluntad vital, podrá ver la voluntad vital de la persona a la que representa desde el menú Representante.

¿Qué puedo hacer si me identifico con mis datos personales?
Si accede mediante datos personales podrá utilizar los siguientes servicios:
* Solicitar, cambiar y anular una cita.
* Consultar toda la información disponible, descargarse los formularios, la guía para hacer la voluntad vital
. Utilizar el menú de sugerencias

¿Cómo puedo nombrar representante?
Para nombrar representante, debe usted el día de la cita presencial, llevar cumplimentado y firmado por su representante el documento de aceptación de su representante, si además quiere nombrar un sustituto de su representante, debe cumplimentar otro documento el sustituto que usted haya elegido.
No es necesario, que los representantes acudan a la cita presencial, aunque es recomendable,

¿Qué ocurre si entro en una situación de incapacidad para decidir fuera de Andalucía?
Los profesionales sanitarios que estén al cargo de su proceso clínico pueden acceder al Registro desde cualquier centro sanitario de España, porque el Registro de Voluntades Vitales de Andalucía está sincronizado con el Registro Nacional de Instrucciones Previas.

¿Los profesionales sanitarios andaluces pueden consultar las declaraciones inscritas en otras Comunidades Autónomas y en otros países?
Si los profesionales sanitarios de Andalucía, pueden consultar la Voluntad Vital de personas inscritas en otras Comunidades Autónomas, porque el Registro de Andalucía está sincronizado con el Registro Nacional de Instrucciones Previas.
Actualmente el Registro Nacional no está sincronizado con otros países, por tanto no se podrán consultar Voluntades Vitales inscritas en otros países distintos de España.

¿Puedo cambiar mi declaración?
Si la puede modificar en cualquier momento, siempre por el mismo procedimiento que realizó la inscripción. Es decir mediante cita previa en alguno de los puntos de Registro y acudiendo personalmente con su documento de identificación y los formularios necesarios.

¿Quién tiene acceso a ese documento?
A este documento tienen los profesionales sanitarios, que se encuentren a cargo de su proceso clínico, si no pueda expresar su opinión personalmente en ese momento.

Pueden acceder también, aquellos profesionales sanitarios de su confianza siempre que usted le permita el acceso.

¿Cuándo se accedería a dicha declaración?
Mientras usted tenga capacidad suficiente para comunicar sus preferencias, el profesional sanitario tendrá en cuenta lo que usted diga en ese momento, no lo escrito en la Voluntad Vital Anticipada.

Lo que deje escrito sólo se llevará a cabo en aquellas situaciones en las que usted no pueda tomar decisiones sobre sus cuidados o tratamientos sanitarios por encontrarse inconsciente en coma o incapaz de decidir.

¿Si fallezco y mis herederos quieren saber cuál fue mi declaración, ¿pueden obtenerla?
En caso de fallecimiento, el acceso a la declaración de Voluntad Vital Anticipada podrá realizarse por las personas vinculadas a la persona fallecida, por razones familiares o de hecho, en los mismos términos establecidos en la legislación vigente para el acceso al historia clínica de personas fallecidas, salvo que el titular de la declaración lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.

¿Quién puede revocar mi declaración? ¿En qué circunstancias?
Sólo usted puede hacerlo y puede ejercer ese derecho en el momento que lo desee, por el mismo procedimiento por el que realizó la inscripción, mediante un cita previa en cualquier punto de Registro.
En este caso solo debe llevar a la cita presencial su documento de identificación.

Si ya tengo la tarjeta de donante y mi Declaración de Voluntad Vital no coincide con la tarjeta, ¿qué será tenido en consideración?
Si se da esa situación, los profesionales sanitarios tendrán en consideración lo que usted inscribió en su Declaración de Voluntad Vital Anticipada.

¿Dónde puedo realizarla?
Podrá inscribir su Declaración de Voluntad Vital en cualquier Punto de Registro de Andalucía. La información sobre los puntos de Registros en Andalucía podrá consultarla, en el Portal de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Salud Responde 902 505060.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse y entrar en vigor?
Si en el momento de la cita presencial todo es correcto, la inscripción se realiza de forma inmediata. En el caso excepcional, de que no se pueda inscribir por alguna incidencia, se le notificará a la persona una vez subsanada dicha incidencia dentro del mes siguiente a la fecha de su solicitud.

Eloisa

Información disponible en:


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